lunes, 10 de agosto de 2009

ATENCIÓN AL DESPLAZAMIENTO FORZADO


En busca de fortalecer el trabajo con población víctima del desplazamiento forzado y en respuesta a la línea de visión No. 7: “Modernización y cualificación de la gestión defensorial”, semanalmente se editará este boletín con algunos aspectos básicos del acceso a las rutas de derechos de los mismos, así como oferta institucional y referencias de la normatividad reciente de la Corte Constitucional.

Este derecho se visibiliza en la misma Ley 387/97 (artículo 29), el Decreto 250/05. La protección en caso de riesgo/amenaza es un derecho constitucional (Artículo 13) y como Principio Rector de Desplazamientos Internos (10, 11, 12, 13 y 15). Otras disposiciones se encuentran en la Sentencia T-025/04 y el Auto 200/07, entre otros.

La presente edición hace referencia a ¿cómo se visibiliza el derecho a la protección a la vida y la integridad de esta población?. La Ruta fue estructurada con base en el Auto 200 de 2007 de la Corte Constitucional y los lineamientos del Ministerio del Interior.

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